El TJUE obliga a devolver de inmediato el dinero sustraído mediante phishing

El Consejo Regional de Mediadores de Seguros de Castilla-La Mancha informa de una sentencia europea que refuerza la protección de los consumidores frente a operaciones bancarias no autorizadas.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia, correspondiente al asunto C-70/25 (Tukowiecka), que establece la obligación de los proveedores de servicios de pago de devolver de inmediato a los consumidores el importe de las operaciones bancarias no autorizadas, incluidos los supuestos de fraude mediante phishing.

El Consejo Regional de Mediadores de Seguros de Castilla-La Mancha se hace eco de esta resolución, que supone un importante pronunciamiento en materia de protección de las personas consumidoras frente a los fraudes bancarios.

Según recoge la sentencia, la Directiva europea 2015/2366 establece que las entidades proveedoras de servicios de pago deben reintegrar el dinero correspondiente a una operación no autorizada de manera inmediata y, en cualquier caso, antes de que finalice el siguiente día hábil desde que tengan conocimiento de ella o reciban su notificación.

Uno de los aspectos más relevantes de la resolución es que la entidad no puede negarse a efectuar esa devolución inmediata alegando que el cliente ha cometido una negligencia grave que haya facilitado la operación fraudulenta.

Esta interpretación resulta aplicable a distintas modalidades de fraude, como el phishing, el vishing, el smishing o el quishing, que utilizan diferentes canales para engañar a los usuarios y obtener información confidencial o bancaria.

No obstante, la normativa contempla una excepción a la obligación de devolución inmediata cuando el proveedor de servicios de pago tenga motivos razonables para sospechar la existencia de fraude y los comunique por escrito a la autoridad nacional competente.

Desde el Consejo Regional de Mediadores de Seguros de Castilla-La Mancha se considera importante trasladar esta información a los consumidores y profesionales, contribuyendo a un mayor conocimiento de sus derechos ante posibles operaciones bancarias fraudulentas.

Consulta la sentencia completa del TJUE